MODIFICACIÓN A LA NOM-051-SCFI/SSA1-2010, SOBRE ETIQUETADO DE ALIMENTOS Y BEBIDAS

El pasado 27 de marzo del 2020 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la MODIFICACIÓN A LA NORMA OFICIAL MEXICANA 051-SCFI/SSA1-2010, ESPECIFICACIONES PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS PREENVASADOS-INFORMACIÓN COMERCIAL Y SANITARIA, PUBLICADA EL DE ABRIL DE 201O.

De dicha disposición entrará en vigor en primer término los 4.5.3.4 al 4.5.3.4.7 que corresponden al SISTEMA DE ETIQUETADO FRONTAL , así como el 7.1.3 y 7.1.4 referentes a las leyendas sobre los productos que se deben evitar en niños y aquellos que no son recomendables para niños, a partir del día 1 de octubre del 2020.

El resto de numerales e incisos modificados entrarán en vigor el 1 de abril del 2021.

Por lo que respecta al cálculo y evaluación de los valores y perfiles referentes a la información nutrimental complementaria se establecen TRES FASES, que culminarán el 1 de octubre de 2025.

Quedando a la expectativa de que la Procuraduría Federal del Consumidor emita antes del 1 de octubre de 2020 los LINEAMIENTOS PARA EL REGISTRO Y RECONOCIMIENTO DE ORGANIZACIONES O ASOCIACIONES PROFESIONALES QUE PUEDAN EMITIR SELLOS O LEYENDAS DE RECOMENDACIÓN PARA ALIMENTOS Y BEBIDAS NO ALCOHÓLICAS.

Además de quedar en manos de la Secretaría de Economía y la Secretaría de Salud, el determinar de manera conjunta los indicadores para soportar los resultados sobre las modificaciones a la norma.

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